Convocatoria para el Bono de Empleo Joven y de otras ayudas a la contratación dirigidas al sector industrial
Las ayudas son:
A. Bono de Empleo Joven.
- Tener una edad comprendida entre los 18 y los 29 años, ambos incluidos, en el momento de iniciar el contrato.
- Estar en situación de desempleo.
- Estar inscrito en Garantía Juvenil.
- Tener como mínimo el título en Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
- Cuantía de la ayuda:
- 6.000 euros para contratos a jornada completa.
- 3.000 euros para contratos formalizados al menos al 50% de la jornada laboral.
- Duración mínima del contrato: 12 meses.
- Beneficiarios:
- Empresas, autónomos, entidades privadas sin ánimo de lucro y entidades sin personalidad jurídica que tengan su centro de trabajo en Andalucía.
- Se incentivarán las contrataciones realizadas a partir del 10 de mayo de 2018.
- Plazo de presentación de solicitudes:
- Desde el 12 de julio de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019.
- En el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/
B. Ayudas a la contratación indefinida de jóvenes
procedentes de un Bono de Empleo.
Esta ayuda puede solicitarse en dos supuestos:
- Mantenimiento de un contrato inicialmente indefinido.
- Transformación del contrato inicial en indefinido.
- Cuantía de la ayuda:
- 8.000 euros para contratos a jornada completa.
- 4.000 euros para contratos formalizados al menos al 50% de la jornada laboral.
- Duración mínima del contrato: 18 meses, a contar desde la finalización de los 12 meses obligatorios del Bono de Empleo.
- Se incentivarán las transformaciones realizadas a partir del 10 de mayo de 2018.
- Plazo de presentación de solicitudes:
- Desde el 12 de julio de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019.
- En el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/
C. Ayudas al Empleo Estable.
- Aquellas organizaciones que contraten con carácter indefinido a personas desempleadas inscritas como demandantes de empleo no ocupadas en el Servicio Andaluz de Empleo.
- Aquellas empresas que transformen contratos de duración determinada en indefinidos, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, siempre que la jornada de trabajo no sea inferior a 20 horas semanales.
- Cuantía de la ayuda:
- 8.000 euros por cada contratación indefinida que se formalice con una persona demandante de empleo no ocupada en el SAE, o bien, por cada transformación de un contrato temporal en indefinido a jornada completa.
- 8.800 euros si la persona contratada es un desempleado de larga duración, discapacitado, víctima de violencia de género o persona en riesgo de exclusión social, entre otros.
- 10.000 euros cuando la contratación indefinida a jornada completa se realice por una empresa o entidad del sector industrial.
- 4.000 euros cuando el contrato se realice a jornada parcial.
- Otras cuantías detalladas en las bases en función de la persona contratada.
Todas estas cuantías se incrementarán un 10% cuando la persona contratada sea mujer.
- Duración mínima del contrato: 36 meses.
- Plazo de presentación de solicitudes:
- Abierto desde el 12 de julio de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.
- En el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/.
- Se deberá comunicar la contratación o transformación de forma telemática a través de Contrat@ o Gescontrat@.
- Las empresas dispondrán de un mes desde la fecha de formalización o transformación del contrato para solicitar la ayuda.
D. Ayudas a la ampliación de la jornada laboral parcial a jornada completa.
- Cuantía de la ayuda:
- 4.000 euros.
- 5.000 euros en caso de que la actividad de la persona o empresas contratante se enmarque dentro del sector industrial.
- Otras cuantías detalladas en las bases en función de la persona contratada.
- Duración mínima: 36 meses desde que se produjo la ampliación de la jornada.
- Plazo de presentación de solicitudes:
- Abierto desde el 12 de julio de 2018 hasta el 30 de septiembre de 2019.
- En el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía: https://ws109.juntadeandalucia.es/vea-web/.
- Las empresas dispondrán de un mes desde la fecha de ampliación de la jornada.